HABLA VOCERA DE HUELGA DE HAMBRE DE HÉCTOR LLAITUL
Por Carolina Trejo Vidal
«A él lo condenaron bajo la Ley de Seguridad del Estado, una ley que castiga toda libertad de expresión, que en democracia no debería ser utilizada» Aliwen Lepin
11 de junio de 2024 | Fuente: liberacion.cl
A una semana del inicio de la huelga de hambre por parte del werkén y líder histórico de la Coordinadora Arauco Malleco-CAM, Héctor Llaitul, la vocera de la huelga, Aliwen Lepin, explica las razones de la medida de presión del fundador de la organización autonomista mapuche que busca como primera medida la nulidad del juicio en su contra, la que debe ser vista por la Corte Suprema.
El 7 de mayo recién pasado, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco condenó a 23 años de cárcel al werkén de la Coordinadora Arauco Malleco, Héctor Llaitul, como autor de delitos de incitación y apología a la violencia comprendida en la Ley de Seguridad del Estado. Su defensa solicitó la nulidad del juicio por infracción a garantías constitucionales y violación al debido proceso, lo que fue declarado admisible por la Corte Suprema tres días después de iniciada la huelga. Aliwen Lepin, vocera de la huelga de hambre del werkén y líder histórico de la CAM, se refirió a las principales demandas y a la decisión del máximo tribunal.
“Primero que todo, nuestro werkén Héctor Llaitul inició su huelga exigiendo la nulidad de una condena injusta que se basó principalmente en el uso de la Ley de Seguridad del Estado, una ley que no debería ser usada en democracia y con la que lo están condenando a 15 años. Además de eso durante su juicio declararon testigos protegidos o testigos sin rostro, que han sido cuestionados e incluso impugnados por los tribunales internacionales, con el solo fin de condenarlo injustamente.
También exige condiciones carcelarias, acordes a su situación de mapuche, ya que donde se encuentra nuestro werkén le han negado o dificultado el ingreso de diversas cosas o alimentos que son parte de nuestra cultura. Así ha venido pasando en las cárceles donde se encuentran nuestros PPM-CAM. A él, como a otros comuneros mapuches encarcelados, no se les aplica el Convenio 169, ratificado por el Estado chileno y que arbitrariamente los tribunales señalan que es una recomendación y no una obligación como realmente es, porque para la institucionalidad chilena es como que no existiera.
Exige también la libertad de todos los presos políticos mapuches de la CAM, entre los cuales también están sus hijos Ernesto Llaitul y el menor Pelentaro Llaitul, que están sufriendo un ensañamiento por parte del Estado chileno, siendo condenados injustamente y también pidiéndoles una exagerada cantidad de años de condena, como es el caso de Pelentaro Llaitul, donde la fiscalía solicita más de 70 años de cárcel. Incluso el gobierno ingresó al Tribunal de Lautaro su propia acusación en contra de los PPM de Temuco, sumando 30 años más a la acusación realizada por el Ministerio Público. Estamos hablando de más de 100 años de condena”.
Héctor Llaitul ha denunciado que esta es un condena política, ¿por qué lo sería en su opinión?
A él lo condenaron bajo la Ley de Seguridad del Estado, una ley que castiga toda libertad de expresión, que en democracia no debería ser utilizada, silenciando a nuestro werkén por el hecho de exigir la autonomía y libertad territorial de nuestro Pueblo Nación Mapuche. Porque no hay que olvidar que el uso y permanencia de esta ley de seguridad en una investigación o incluso en la condena depende solo del gobierno, quienes pueden hacer uso de esta facultad a su discreción. Ellos podrían haberse desistido de la querella, pero no quisieron.
Por eso, el Estado y el poder judicial le llaman apología a la violencia, con el fin de detener una lucha que se ha dado por años y que seguirá en pie hasta obtener la liberación de un pueblo que ha sido y sigue siendo oprimido.
Dentro de las demandas está, como mencionó, las condiciones carcelarias que también han solicitado otros PPM-CAM, ¿por qué resulta tan importante esta petición?
Como preso político mapuche se le han negado sus derechos y su integridad, como a los otros PPM-CAM encarcelados, entorpeciendo la plena efectividad de sus derechos culturales, incumpliendo con sus costumbres e identidad social, no respetando el convenio 169, una demanda que se ha venido solicitando en antiguas huelgas, porque es un derecho no un beneficio.
La Corte Suprema resolvió este miércoles 6 de junio acoger a tramitación el recurso de nulidad interpuesto por la defensa de don Héctor, ¿qué opinan de ello?
Es lo justo y es un primer paso. Porque es arbitrario ser condenado por apología bajo la Ley de Seguridad del Estado, sobre todo a un mapuche y werken que por años ha venido exigiendo la libertad de su pueblo, el respeto a nuestra cosmovisión y tradiciones, a la reconstrucción del mundo mapuche y a una vida digna para el pueblo nación mapuche que ha sido despojado, sufrido represiones, allanamientos, encarcelamientos e incluso gente que ha sido asesinada por el Estado chileno.
En el caso que se produjera la nulidad ¿Cree que exista una nueva arremetida contra la CAM y su werken histórico, como han acusado en este juicio?
Efectivamente ese puede ser un escenario, de hecho es lo que ocurrió en el caso de Ernesto Llaitul y sus compañeros quienes pese a la nulidad de su juicio, que fue por unanimidad por parte de la Corte de Apelaciones de Concepción, el Tribunal de Los Ángeles no les concedió el cambio de la medida cautelar, debiendo esperar el nuevo juicio en prisión preventiva. Justamente la posibilidad cierta de un resultado favorable respecto de la respuesta de la Corte Suprema ha desatado esta acusación desmedida en contra de los PPM-CAM que se encuentran en el CCP-TEMUCO, entre ellos el hijo menor de nuestro werken.
Finalmente, la Corte Suprema podría dar una sentencia de reemplazo, rebajar la condena, ¿Cuál es el beneficio o riesgo de ello?
En el caso de la condena por apología, que es eminentemente política, si esta no es anulada por la Corte Suprema constituirá un grave retroceso respecto del derecho a la libertad de expresión. En el caso de la acusación por robo de madera, no existen pruebas al respecto, de hecho la Fiscalía nunca ha podido demostrar que nuestro werken tenga cuentas bancarias, bienes raíces, vehículos de su propiedad. Es decir, su estilo de vida no condice con una persona que obtenga esa cantidad de dinero por la que lo están condenando. Finalmente, en la llamada usurpación, entendemos que se trata de un delito inexistente pues está amparada en la figura de los testigos protegidos, por lo cual Chile ya fue sancionado internacionalmente lo que le da el carácter de irreversibilidad. O sea, el Estado chileno estaría haciendo caso omiso a la determinación de los tribunales internacionales.
Es por ello que una condena de reemplazo sería igualmente injusta, y solo respondería a la presión de estos tribunales, es decir, solo buscaría evitar nuevamente la impugnación de las cortes internacionales, y no porque todo este juicio haya sido una persecución política a nuestra causa.